Compensación gastos de desplazamiento

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Os informamos que la UGT realizó consulta a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) acerca de la obligación de las Mutuas y Entidades Gestoras de abonar los gastos de desplazamiento en procesos de Incapacidad Temporal por contingencia común. La DGOSS contestó de forma expresa, haciendo referencia a la Orden TIN/971/2009, que: “la compensación de los gastos de desplazamiento para la realización de exámenes o valoraciones médicas exigidas por las mutuas, antes de agotar el periodo de duración máxima de doce meses la situación de incapacidad temporal, encontraría cobertura en la Orden de 16 de abril de 2009”. Y, en consecuencia, los gastos de transporte a que UGT se refiere, encontrarían cobertura en la Orden TIN/971/2009, de 16 de abril.