FACe
Que es la factura electrónica
La Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información define la factura electrónica como "un documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que permite atribuir la factura a su obligado tributario emisor"
De esta definición extendida en todo el mercado, se transmite tres condicionantes para la realización de una factura electrónica: Se necesita un formato electrónico de factura. Es necesario una transmisión telemática (tiene que partir de un ordenador, y ser recogida por otro ordenador). Este formato electrónico y transmisión telemática, deben garantizar su integridad y autenticidad a través de una firma electrónica reconocida.Por tanto, la facturación electrónica es un equivalente funcional de la factura en papel y consiste en la transmisión de las facturas o documentos análogos entre emisor y receptor por medios electrónicos (ficheros informáticos) y telemáticos (de un ordenador a otro), firmados digitalmente con certificados reconocidos.
Por último, para que una factura electrónica tenga la misma validez legal que una factura en papel, debe existir consentimiento expreso entre emisor y receptor.
Beneficios derivados de la implantación y el uso de la factura electrónica:Económicos
Menos costes asociados a la tramitación. Eliminación de gastos de ensobrado y entrega. Eliminación de gastos de franqueo.Organizativos
Ausencia de errores formales. Ausencia de pérdidas de facturas. Formato único de facturas en electrónico y en papel. Eliminación de espacio de almacenamiento de documentos históricosSociales
Mejora de la competitividad empresarial. Beneficios ecológicos: miles de kilos de papel ahorrados.Tras la integración en los sistemas
Tramitación más ágil, eficiente y rápida. Eliminación de costes de archivo. Información de las facturas en tiempo real. Seguridad en el proceso. Mejora de los tiempos de gestión Agilidad en la toma de decisiones.
Que es FACE
La Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos constituye un paso importante en la política de implantación y desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación con vistas a la modernización de la Administración Pública.
La CMAE, Comisión Ministerial de Administración Electrónica, del Ministerio de Economía y Hacienda, se ha ocupado de un número importante de cuestiones instrumentales relativas al desarrollo de la Administración Electrónica, tanto de carácter estrictamente técnico como de carácter "cultural". Entre las primeras cabe aludir a la organización y regulación de los registros electrónicos departamentales, los proyectos en materia de contratación y facturación electrónica, la organización e impulso de intranets departamentales, la implantación y validación de la firma electrónica y la organización de las PKI, convenciones sobre formatos de archivos, etc
La publicación el 20 de diciembre de 2001 de la Directiva 2001/115/CE del Consejo, por la que se modifica la Directiva 77/388/CEE con objeto de simplificar, modernizar y armonizar las condiciones impuestas a la facturación en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido, produce un salto cualitativo en facturación electrónica, ya que establece el marco jurídico de la facturación electrónica como medio del desarrollo del comercio electrónico.
Según se indica en el decreto de Presidencia 02882 de fecha 08/04/2015, se aprueba la adhesión al punto general de facturas electrónicas de la administración general del estado FACE.
Para facturar a través de FACE deberán indicar los códigos correspondientes al órgano gestor, oficina contable y unidad tramitadora que corresponda, entre la lista de unidades DIR3 que aparecen en el siguiente enlace:
Unidades DIR3
El acceso a la plataforma FACe se realiza a través del siguiente enlace.