SUBVENCIONES DE ACTUACIONES ENCAMINADAS A LA LUCHA CONTRA LA SEQUÍA Y MEJORA DEL RENDIMIENTO DE LOS ABASTECIMIENTOS Y REDES DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE VALENCIA PARA LOS EJERCICIOS 2018-2019 A EJECUTAR POR LA PROPIA DIPUTACIÓN
Convocatoria
(BOP nº 139, 19/07/2018)
Fase de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP), el plazo finaliza el día 17 de agosto de 2018.
Las solicitudes se tramitarán exclusivamente mediante la plataforma telemática “carpeta ayuntamiento”, www.dival.es, vista Ayuntamiento, debiendo cumplimentar el formulario y adjuntando el resto de la documentación exigida en la convocatoria.
Las actuaciones a ejecutar tendrán como finalidad la mejora del servicio de abastecimiento y distribución de agua potable domiciliaria, y contempla las siguientes líneas subvencionables:
I. Obras y actuaciones para la implantación de alternativas o mejora de elementos relacionados con el suministro de agua potable a los municipios con restricciones en el suministro de agua potable domiciliaria o con problemas de calidad del agua suministrada: nuevas captaciones, mejora de las existentes, plantas de tratamiento, etc.
II. Obras y actuaciones para la ejecución de elementos de almacenamiento y/o regulación del sistema de abastecimiento de agua potable a los municipios: construcción de nuevos depósitos y elementos de regulación y distribución para el suministro de agua a los municipios.
III. Obras y actuaciones para la automatización y telecontrol de las instalaciones de producción y regulación para el suministro de agua potable a los municipios: instalación de equipos para la automatización del funcionamiento de pozos, bombeos y depósitos de las instalaciones de suministro de agua potable a los municipios, control de los principales parámetros de funcionamiento.
IV. Obras y/o actuaciones para el control de pérdidas de agua potable en las redes de suministro de los municipios, instalación o reposición de contadores, siempre que sean de titularidad del solicitante de la subvención, equipos de control de caudales y presiones en redes de abastecimiento de agua potable de los municipios, con el objetivo de controlar los consumos para zonas y minimizar el volumen de pérdidas.
V. Construcción de sistemas almacenamiento o de drenaje sostenible que permitan el uso de recursos hídricos alternativos mediante la regeneración y/o reutilización del agua para los usos permitidos (industria, agricultura, parques y jardines, hidrantes contra incendios, limpieza viaria, sistemas ornamentales, etc.) reduciendo notablemente el consumo de agua potable destinada a consumo humano.
Las actuaciones objeto de la subvención se refieren al primer establecimiento, reforma o gran reparación de infraestructuras hidráulicas. Que en todo caso quedará a criterio de la Comisión de Valoración definida en el punto noveno de la convocatoria.
Documentación necesaria para realizar la solicitud:
- Certificación emitida por Secretaría, de acuerdo con el modelo II.A del Anexo, en la que se hará constar:
- Adopción del acuerdo por el órgano competente, la actuación que se pretenda realizar y el importe solicitado (punto 5.a de la convocatoria).
- Autorización del solicitante para que el órgano que concede la subvención obtenga directamente la acreditación de las circunstancias previstas en los arts. 18 y 19 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones mediante certificados telemáticos. En este caso, el solicitante no deberá aportar una certificación. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, y si lo hace, deberá aportar una certificación en los términos y con las excepciones previstas en la mencionada Ordenanza. (2 certificados) (punto 5.b de la convocatoria).
- Compromiso de aportación económica en la cuantía que resulte, mediante financiación municipal hasta llegar al 100% del coste total de la actuación (punto 5.f de la convocatoria).
- Compromiso de la Entidad beneficiaria de hacerse cargo de la obra o instalación, una vez concluida, previa el acta de entrega pertinente (punto 5.j de la convocatoria).
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones, modelo II.B del Anexo (punto 5.c de la convocatoria).
- Ayudas concurrentes en el que conste la petición y/o concesión de otras ayudas, o la aprobación de cuotas de urbanización o contribuciones especiales. El total de aportaciones en ningún caso podrán ser superiores al total del gasto, (punto 5.d de la convocatoria).
- Certificado emitido por la Intervención municipal acreditativo de que las solicitudes formuladas para inversiones, lo son de acuerdo con la definición del concepto presupuestario “inversiones reales” definido en la Orden HAP/419/2014 del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (punto 5.e de la convocatoria).
- Certificado, modelo II.D del Anexo, emitido por fedatario público, acreditativo de la titularidad o disponibilidad de la infraestructura y de los terrenos que sean objeto de la actuación o que se vean afectados por la misma (punto 5.i de la convocatoria) y, en el caso de Mancomunidades o agrupaciones de municipios, en el que se indique cuáles son los municipios afectados directamente por la actuación (punto 5.l de la convocatoria).
- Certificación, modelo II.E del Anexo, emitida por fedatario público acreditativa de que:
- La actuación propuesta no está incluida dentro del plan director de inversiones del concesionario local que presta el servicio de suministro de agua potable (punto 5.k de la convocatoria).
- Existe urbanizador para la actividad de que se trata, en caso de que exista deberá certificarse que no tiene la obligación de acometer a su costa la obra o instalación solicitada (punto 5.h de la convocatoria).
- El rendimiento de la red de distribución de agua potable. en caso de que no se aporte o justifique este último extremo se considerará, a efectos de puntuación, que el rendimiento es inferior al 50% (punto 5.l de la convocatoria).
- La relación de inversiones ejecutadas en las instalaciones de ciclo hidráulico en los últimos 3 años (punto 5.n de la convocatoria).
- Informe del técnico municipal justificado en el que se determinen con exactitud el número de contadores directamente afectados por la actuación propuesta (punto 5.o de la convocatoria).
- Informe del técnico municipal acreditativo del ahorro de agua anual en m3 que se estima derivado de la actuación propuesta y del volumen anual en m3 de agua suministrada al total de viviendas del municipio (punto 5.p de la convocatoria).
* En defecto de proyecto técnico se admitirá memoria técnica conforme al punto 5.o de la convocatoria. Se entenderá que aquellas entidades que entreguen memoria técnica contemplada en el punto anterior, solicitan la redacción del Proyecto Técnico a cargo de la Diputación de Valencia y cuyos honorarios se detraerán de la cuantía total de la subvención.