Convocatoria de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios y Viviendas 2024-2026

La Conselleria de Vivienda ha publicado la convocatoria de ayudas para la rehabilitación energética de edificios y viviendas, con una dotación inicial de 26,85 millones de euros, ampliable con 46,53 millones adicionales solicitados al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

Plazo:
Las solicitudes pueden presentarse desde el 20 de enero de 2024 hasta el 27 de febrero de 2026.

 

La Conselleria de Vivienda ha publicado la convocatoria de ayudas para la rehabilitación energética de edificios y viviendas, con una dotación inicial de 26,85 millones de euros, ampliable con 46,53 millones adicionales solicitados al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

Plazo:
Las solicitudes pueden presentarse desde el 20 de enero de 2024 hasta el 27 de febrero de 2026.

 

Las ayudas financiarán actuaciones para mejorar la eficiencia energética en edificios y viviendas, cubriendo obras en ejecución, ya ejecutadas o por ejecutar dentro de los siguientes periodos:

  • Personas físicas: entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de junio de 2026.
  • Empresas: entre el 6 de octubre de 2021 y el 30 de junio de 2026.

Los programas de ayuda incluyen:

  • Rehabilitación de Edificios (AFE-EDIF): incluye subvenciones para retirada de amianto y situaciones de vulnerabilidad.
  • Mejora de la Eficiencia Energética en Viviendas (AFE-VIV).
  • Renovación de la Envolvente Térmica (AFE-EVT).
  • Elaboración del Libro del Edificio Existente (AFE-LDE) y Proyectos Técnicos (AFE-PYT).

Las ayudas se concederán por orden de llegada, en régimen de concurrencia no competitiva.

Presupuesto:

  • Programa 3 (rehabilitación de edificios): 24,75 millones de euros.
  • Programa 4 (eficiencia energética en viviendas): 2 millones de euros.
  • Programa 5 (libro del edificio y proyectos técnicos): 100.000 euros.
  • En 2025, el presupuesto se incrementará en 46,53 millones de euros adicionales y con posibles remanentes de otros programas.

Beneficiarios:
Personas físicas o jurídicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de inmuebles, tanto de carácter público como privado. Se podrán solicitar anticipos de hasta 80% para entidades públicas y 30% para el resto.