Cambiar para que no cambie nada

Durant aquest estiu s'han publicat en el BOP diverses comissions de valoració (caps de diverses unitats); en elles observem un canvi en la composició dels membres del tribunal, abans formaven part els mateixos polítics i representants sindicals. Davant la sospita que el STAS-IV podria impugnar la composició dels tribunals (de dubtosa legalitat), han modificacat aquets; han llevat als polítics, però els sindicats tradicionals continuen estant en els tribunals camuflat.

Durante este verano se han publicado en el  BOP varias comisiones de valoración (tribunales de jefaturas); en ellas observamos un cambio en la composición de los miembros del tribunal, antes formaban parte de los mismos políticos y representantes sindicales. 

 

Ante la sospecha que el STAS-IV podría impugnar la composición de los tribunales (de dudosa legalidad), han procedido a una modificación en los mismos;  han quitado a los políticos, pero los sindicatos tradicionales continúan estando en los tribunales camuflados. Por qué: ¿Cuál ha sido el criterio? ¿Quién decide las personas que componen los tribunales?: ¿Estoes un acuerdo pactado en el despacho de palacio de la Scala,  para que  todo siga igual? ¿Está siendo cómplice el equipo de gobierno, que predica la transparencia, con estos manejos de burlar la ley? ¿Este es el cambio que llega de Madrid?

¿Cómo se tutela una provisión de jefaturas en la diputación?

1-Adscribir provisionalmente o en comisión de servicios a un trabajador de otras administraciones o de la diputación. El objetivo es, cuando salga la provisión, piensen (si ya tiene nombre y apellidos para que voy a presentarme, si está dada). El  STAS-IV propone sacar anualmente las plazas vacantes a provisión, para que todo el personal tenga las mismas oportunidades en la carrera profesional y no cubrirlas a dedo con provisionalidades como ocurre actualmente

2-Nombrar un tribunal “adecuado”,que nombra la empresa, a dedo, así no hay sorpresas cuando se vote, casi siempre sale la persona “adecuada”, a no ser que haya una diferencia grande en la puntuación, sobre todo por la antigüedad, que es una puntuación objetiva, no discrecional como las otras.

3-Puntuación de los cursos específicos,en la convocatoria del BOP deberían publicarse los cursos específicos con la puntuación correspondiente de la plaza objeto a concurso, como se hacía antes (ahora no se publican), así las personas interesadas en concursar tendrían la posibilidad de autobaremación. Al no publicarse los cursos específicos de las plazas objeto de provisión, el tribunal tiene mucho margen de subjetividad, por tanto hace falta  más objetividad.

4-Memoria de la plaza a concurso. Cuando el trabajador esta en comisión de servicios tiene ventaja a la hora de redactar la memoria, y en coordinación con los puntos por los cursos (este vale, este no), unas décimas en movimento y un tribunal adecuado, el concurso está decidido.

La organizaciones sindicales tienen que velar por la transparencia e igualdad en los procesos de provisión y selección, y no ser partícipes de esconder sistemas de selección con arreglos para los intereses políticos, sindicales o de otros compromisos diversos, al final siempre se termina dando imagen de legalidad con la presencia sindical para los intereses de la parte política.

Sr Presidente y equipo de gobierno, le sugerimos unos tribunales más acordes con los nuevos tiempos, como ya se están aplicando en otras administraciones, y no más de lo mismo. ¿Esconder una representación ilegal de los sindicatos es moral? ¿Es transparente? Hacen falta hechos para la igualdad de oportunidades con criterios y reglas claras, objetivas e iguales para todos los trabajadores y trabajadoras de la Diputación de Valencia, lo demás son mentiras y engañar a los trabajadores/as.