Los monstruos valencianos vuelven al Museo de Etnología de la Diputació en vísperas de Todos los Santos

Enguany, la Biblioteca i el Departament de Didàctica del Museu Valencià d’Etnologia (MUVAET) celebren els quatre anys consecutius de la campanya ‘Espanta la por! Per Tots Sants, monstres valencians’ amb una exposició i una completa programació d'activitats dirigides a públic adult i infantil.

 

L'objectiu principal és reivindicar, en relació a Tots Sants, moment molt influït per la festa nord-americana d'Halloween, l'existència en l'imaginari valencià de monstres propis com l'Home del Sac, les bruixes, la Quarantamaula, el dimoni o el Caro, així com fomentar la lectura de la literatura popular valenciana, on estos personatges són protagonistes de rondalles i llegendes.

 

Este año, la Biblioteca y el Departamento de Didáctica del Museu Valencià d’Etnologia (MUVAET) celebran  los cuatro años consecutivos de la campaña ‘Espanta la por! Per Tots Sants, monstres valencians’ con una exposición y una completa programación de actividades dirigidas a público adulto e infantil.

 

El objetivo principal es reivindicar, en relación a  Todos los Santos, momento muy influido por la fiesta norteamericana de Halloween, la existencia en el imaginario valenciano de monstruos propios como el Hombre del Saco, las brujas, la Quarantamaula, el demonio o el Caro, así como fomentar la lectura de la literatura popular valenciana en las que estos personajes son protagonistas de fábulas y de leyendas.

 

La nueva campaña se ha creado en colaboración con la Escuela de Arte y Superior de Diseño de València (EASD), concretamente con el alumnado del Grado de Diseño de Moda, coordinados por la profesora Amparo Peguero. La Biblioteca del MUVAET encargó a este grupo de jóvenes diseñadores que dieron vida a 9 criaturas del miedo valenciano a través del diseño de disfraces, con dos versiones, una para niños y otra para adultos. Los disfraces, que reinterpretan nuestra tradición, se podrán visitar en la exposición ‘Vestir la por: per Tots Sants, monstres valencians’ desde el 17 de octubre hasta el 5 de enero de 2020.

 

Estos monstruos de carne y huesos no solo protagonizan la imagen de la campaña ‘Espanta la por 2019’, sino también 9 videos tutoriales que, de manera muy didáctica, enseñan a las familias y a las escuelas como disfrazar a los más pequeños de la Quarantamaula, el Hombre dels nassos o las brujas más valencianas, entre otros, y que se pueden consultar en el canal de You Tube del Museo Valenciano de Etnología. (https://www.youtube.com/user/muvalenciaetnologia)

 

Ámbito didáctico e infantil

 

Está compuesto por talleres dirigidos a escolares y familias (en fines de semana), donde además de descubrir las muestras del imaginario valenciano, también se propicia una reflexión alrededor del miedo y de los seres fantásticos entre los más pequeños. Un miedo que a veces nos hace temblar pero que en muchas ocasiones se necesario porque nos hace ser prevenidos.

 

En cuanto a las escuelas, a lo largo de estos años se han hecho varios talleres, una exposición sobre los monstruos valencianos, así como visitas guiadas, o cuentacuentos con canciones.  Casi siempre dirigidos a cursos de segundo y tercero de Infantil, y primero, segundo, tercero y cuarto de Primaria.

 

Ámbito de adultos y jóvenes

 

Los miedos de los adultos se tratarán con una gran variedad de actividades. El programa alcanza nuevas propuestas que invitan no solo a reflexionar sobre el miedo tradicional, sino también a jugar con ella. La charla del psicólogo Albert Soler analizará la conveniencia de los cuentos de miedo y los monstruos para el desarrollo infantil, habrá dos sesiones de cuentos para adultos y se jugará con el miedo a través de dos propuestas muy interesantes: el juegod’Escape room ‘Fugir de la casa de l’espart’, dirigido a mayores de 16 años, y el juego de mesa ‘Espanta la por!’, una de las principales novedades de este año, que descubrirá a los valientes jugadores donde se esconden los monstruos valencianos a través de sus fábulas y unas pruebas cargadas de diversión y un poco de miedo.

 

Actividades fuera del museo

 

Por tercer año se ha invitado a participar a las bibliotecas públicas y los museos etnológicos locales en esta campaña global por el territorio valenciano. Cada nueva convocatoria supera la aceptación del año anterior; en 2019 más de 100 centros se han implicado para realizar su propio Espanta la por. A través de las recomendaciones lectoras y de las animaciones a la lectura ayudarán a difundir el imaginario valenciano del miedo de norte a sur del territorio valenciano.

 

Una campaña de colaboración que cada año analiza los resultados y comparte las experiencias de todos los centros participantes. Este año el mapa ‘Espanta la por’ se ha ampliado, dentro del Plan Valenciano de Fomento Lector 2017-2021 ‘Llegim, llegim, llegim’ de la Subdirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas (Generalitat Valenciana), y cuenta con el apoyo del Colegio oficial de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunidad Valenciana (COBDCV) que forma los profesionales bibliotecarios valencianos en esta temática.

 

En este proyecto colaboran con el MUVAET: la  Escuela de Arte y Superior de Diseño de València (EASD), SARC–Cultura Diputació de València, Subdirección General del Libro, Archivos y Biblioteca (GVA), el Colegio oficial de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunidad Valenciana (COBDCV) y el Gremio de Llibrers de València.

 

Actividades en el MUVAET

 

La programación infantil ofrece una actividad didáctica para las familias los domingos por la mañana (20 y 27 de octubre y 3 y 10 de noviembre) y un programa para colegios en horario escolar (desde el 22 de octubre de 2019 a enero de 2020). En esta actividad se hará un juego de disfraces y una visita a la exposición Vestir la por como introducción al conocimiento de los monstruos valencianos.

 

Además, se incluyen cuatro actividades para público familiar organizadas por el SARC: ‘Brujas’ (27/10) teatro de la compañía Corral de Papel, donde tres brujas tienen que rescatar un niño al cual no pueden tocar. ‘De por’ (03/11), un concierto para familias valientes que no tienen miedo de descubrir los monstruos valencianos en las canciones de Dani Miquel. ‘Contes sense por de monstres valencians’ (10/11), teatro de la compañía La Titella, para viajar en el tiempo para conocer monstruos y bichos de nuestra tradición oral. ‘On estan els monstres?’ (17/11) de la compañía Disparatario que abrirá el Libro de los Espantacriatures para encontrarse con nuestros monstruos.

 

La programación para público adulto se diversifica no solo para tratar el miedo tradicional, sino también los miedos contemporáneos. El sábado 19 de octubre, Víctor Labrado contará ‘Butonis, bubotes, tresors, encantades i reines mores’ en la sala de exposiciones ‘Vestir el miedo’. El viernes 25 de octubre se presenta #EnVeuAlta, el cuento ‘Marta es un duende’, ilustrado por Joel Miralles, con textos de Sergi Morales. El segundo número de la colección Espanta la por para prelectores que deben conocer escuelas, bibliotecas y familias.

 

El sábado 26 de octubre, 2 y 9 de noviembre ‘Fugir de la Casa de l’Espart’, un juego de escapada en la Biblioteca del MUVAET para mayores de 16 años. Una casa encantada, un suceso real y solo un camino para huir entre lecturas de crímenes y misterios valencianos. El domingo 27 de octubre se realizará una partida demostración del juego‘Espanta la por!’, una novedad dirigida a público de entre 8 y 100 años, creado para conocer las fábulas valencianas y los monstruos más malos de nuestra tradición.

 

El viernes 8 de noviembre, el psicólogo Alberto Soler realizará la charla ‘Los miedos en la infancia: comprendiéndolos para ayudarles’ para analizar los miedos infantiles y la influencia que los monstruos y los cuentos de miedo tienen en los más pequeños. Y el sábado 16 de noviembre, Miquel Puig presenta ‘De rondalles i ferments’: al anochecer, un maridaje de narraciones y cervezas de cuento rodeados de trajes de miedo.

 

Un programa lleno de nuevas relecturas de nuestro imaginario y rellenado de la más genuina literatura tradicional valenciana. Nuestro miedo toma protagonismo para valencianizar ese Halloween, que aunque no nos guste, ya llegó hace tiempo para quedarse.

El MuVIM difunde la vida de 4 figuras ilustradas valencianas en el olvido

El MuVIM -com a museu consagrat i enfocat a preservar i donar a conéixer les idees que han fet possible el món modern- ha posat en marxa des del passat mes de setembre el programa didàctic ‘Nostres i il·llustres’. Per a l'equip del MuVIM, el propòsit del mateix és “donar difusió a 4 figures destacades de la Il·lustració valenciana que no han sigut prou reconegudes fins al moment”.

El MuVIM -como museo consagrado y enfocado a preservar y dar a conocer las ideas que han hecho posible el mundo moderno- ha puesto en marcha desde el pasado mes de septiembre el programa didáctico ‘Nostres i il·lustres’. Para el equipo del MuVIM, el propósito del mismo es “dar difusión a cuatro figuras destacadas de la Ilustración valenciana que no han sido suficientemente reconocidas hasta el momento”.

 

Desde septiembre hasta diciembre, el objetivo es recordar la historia de los ilustrados Simón de Rojas Clemente, relevante botánico, director del Real Jardín Botánico de Madrid y partícipe del primer liberalismo; Joaquín Manuel Fos, industrial y gran conocedor de la producción y comercialización de la seda; Isabel Ferrer Giner, filántropa y fundadora de la Casa de la Enseñanza de Castelló; y el alicantino Francisco Javier Balmis, médico y difusor de la vacuna contra la viruela.

 

Mediante píldoras informativas en redes sociales (Facebook, Twitter e Instagram) y talleres gratuitos dirigidos a niños y niñas entre 5 y 12 años, ‘Nostres i il·lustres’ pretende dar a conocer la figura de estos cuatro ilustrados. El primer taller organizado el pasado 15 de septiembre desbordó todas las previsiones, con más de 50 participantes. Una afluencia que ha continuado en posteriores talleres, siendo más de 100 niños y niñas los que se han acercado para disfrutar de las mañanas de domingo en el MuVIM.

 

Los próximos talleres se realizarán los días 20 y 27 de octubre dedicados a la figura de Joaquín Manuel Fos y la importante industria valenciana de la seda en la Valencia del Siglo XVIII, bajo el título ‘Fos y la seda valenciana. Taller de diseños textiles’. La programación proseguirá en noviembre con el taller ‘Isabel Ferrer y otras mujeres ilustres valencianas’ los días 10, 17 y 24 de noviembre; y ‘La vuelta al mundo con Francisco Javier Balmis’ el 15, 22 y 29 de diciembre.

 

Todos los talleres darán comienzo a las 11.30 horas y con plazas limitadas a 30 personas. El grupo se conforma por orden de llegada al punto de información del vestíbulo del MuVIM.

 

Más información en www.muvim.es

PLATAFORMA REIVINDICATIVA CONVENIO 2018

PLATAFORMA QUE PRESENTA CSIF DIPUTACIÓN PARA LA NEGOCIACIÓN DEL XI CONVENIO COLECTIVO DE CONDICIONES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS SUJETOS A RÉGIMEN JURÍDICO LABORAL DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA Y XI ACUERDO DE CONDICIONES DE TRABAJO DE FUNCIONARIOS DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA.

 

PLATAFORMA QUE PRESENTA CSIF DIPUTACIÓN PARA LA NEGOCIACIÓN DEL XI CONVENIO COLECTIVO DE CONDICIONES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS SUJETOS A RÉGIMEN JURÍDICO LABORAL DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA Y XI ACUERDO DE CONDICIONES DE TRABAJO DE FUNCIONARIOS DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA.

 

1.     Carrera Profesional.

Será de aplicación para personal funcionario de carrera, personal laboral fijo, personal interino y personal laboral indefinido.

Implantación de la carrera profesional horizontal y adquisición de compromiso temporal de elaboración de la disposición reglamentaria que regule dicha implantación y la evaluación del desempeño, rendimiento y demás factores de carrera horizontal vinculados a la misma.

El establecimiento de la carrera horizontal supone el reconocimiento individualizado del desarrollo profesional alcanzado por el personal funcionario de carrera como consecuencia de la valoración de su trayectoria y actuación profesional, de la calidad de los trabajos realizados, de los conocimientos adquiridos y del resultado de la evaluación del desempeño, así como de aquellos otros méritos y aptitudes que puedan establecerse reglamentariamente por razón de la especificidad de la función desarrollada y de la experiencia adquirida. Conlleva la promoción por consecución de niveles superiores de Complemento de Destino al inicial de entrada en cada grupo profesional. Así como la evaluación del desempeño, rendimiento y cumplimiento de objetivos que podrán también ser “objetivos individuales” cuando la singularidad del puesto de trabajo así lo requiera.

 

 

 

2.     Bolsas de empleo temporal.

 

Se constituirán:

 

-         Vinculadas al desarrollo de las Oferta de Empleo Público.

 

-         Con el personal aspirante que haya aprobado algún ejercicio.

 

-         Con personal funcionario interino cesado que haya participado en el proceso selectivo del cuerpo o escala en que estaba clasificado el puesto que desempeñaba aun cuando no haya aprobado ningún examen.

 

-         Con personal funcionario de carrera que habiendo participado en el proceso selectivo del cuerpo o escala, hubiera aprobado algún ejercicio en un proceso selectivo distinto del mismo cuerpo o escala.

 

-         Se facilitará la desactivación a petición del interesado, por estar en situación de “activo” y la posterior activación sin penalización a petición del interesado.

 

 

 

 

3.     Oferta de empleo público.- Procedimientos de selección.

Art 38 del acuerdo de funcionarios, apartado 4.

Se propone que el sistema preferente selectivo de personal sea concurso-oposición (Ley 10/10 de la Generalitat).

 

 

4.     Prolongación de la vida laboral.

Se propone estudiar la revocación del Reglamento de jubilación aprobado en el pleno del 20 de diciembre de 2011.

 

 

5.     Activación de aportaciones por parte de la Diputación al fondo de pensiones.

 

 

6.     Permisos, licencias y flexibilidad horaria. (Aplicación de lo establecido en el art. 49 del RDL 5/2015, de 30 de octubre.

Debido al envejecimiento de la población y a sus efectos en la plantilla de la Diputación, se hace necesaria una adecuación en el sentido de igualar los permisos de cuidado y atención de los ascendientes con los permisos por cuidado de hijos en todos los supuestos que ello sea posible, como la flexibilidad horaria para trabajadores con mayores a su cargo, entre otros.

 

 

8. Permiso de Paternidad por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa de guarda o resolución judicial de adopción.

 

 

 

9. Permiso retribuido a las funcionarias en estado de gestación a partir de la semana 37 de embarazo hasta la fecha del parto y a partir de la semana 35 en caso de gestación múltiple.

 

10. Permiso para asistencia a tutorías.

 

11. Asistencia a reuniones de coordinación en centros de educación especial.

 

12. Asistencia a valoraciones de dependencia o a gabinetes psicopedagógicos de ascendientes o descendientes a su cargo.

 

13. Asistencia a puntos de encuentro.

 

14. Asistencia por citaciones de servicios sociales y trámites con terapeutas.

 

15. Asistencia a tribunales de minusvalía.

 

16. Asistencia a trámites en juzgados y notarías como consecuencia de fallecimiento de familiares, herencias, etc.

 

17. Asistencia a juicios como parte.

 

18Modificación de la redacción del art. 94 del Convenio.- Licencias sin retribución y prórroga por enfermedad grave de familiar.

 

Donde dice “El funcionario o la funcionaria de carrera que haya cumplido al menos un años de servicios efectivos, siempre que las necesidades del servicio lo permitan…” deberá decir: “El funcionario o funcionaria que haya cumplido…”

 

19. Aplicar la flexibilidad horaria a personas con tratamientos oncológicos o de enfermedades graves.

 

20. Posibilidad de compensar el cumplimiento del horario de tardes en una jornada distinta al de la asistencia a consulta médica y cursos de formación.

 

21. En caso de pruebas médicas múltiples dentro de la misma jornada laboral, se justificará la asistencia a la realización de cada una de las pruebas pero solo computarán, a efectos de control de cumplimiento de jornada,  una hora y 30 minutos antes de la primera prueba y una hora y 30 minutos después de la realización de la última prueba.

 

22. Prolongación del tiempo de justificación horaria antes y después de asistencia médica, pasando de una hora como está establecido en la actualidad, a 1.30 minutos.

 

23. Prolongación del disfrute de días de libre disposición hasta el 28 de febrero del año siguiente al del devengo del derecho.

 

24. Equiparación de horario de Semana Santa al horario de Navidad.

 

25. Regulación de jornada laboral.

Solicitamos la vuelta a la Jornada ordinaria 35 horas semanales y adecuar las de mayor y plena dedicación.

 

26. Estudio de viabilidad de implantación de teletrabajo tomando como referencia el acuerdo de la Generalitat en esta materia así como el Ayuntamiento de Valencia.

 

27.PARQUE MÓVIL. Disposición Adicional 4ª del Convenio.

 

Revisión del plus de nocturnidad por tramos.

Mañanas:

-         Tramo I de mañana de 5 a 6 a.m

-         Tramo II de 6 a 7.30 a.m

 

 

PLUS DE FESTIVIDAD

 

-         Tramo I de 0 a 4 horas de trabajo

-         Tramo II de 4 a 8 horas de trabajo

-         Tramo III más de 8 horas

-         

28.SECTOR EDUCATIVO. Disposición Adicional 5ª del Convenio.

 

-         Pago de Sexenios al personal interino.

-         Retribuciones acordes a las tablas retributivas de la Generalitat.

 

29.HORARIOS ESPECIALES. (Revisión y actualización).

 

 

30. NOCTURNIDAD, FESTIVOS Y COMPENSACIÓN HORARIA en su caso de los colectivos afectados (Vigilantes de Sala, Subalternos, entre otros).

 

31. AYUDAS SOCIALES.

 

-         Concesión de ayudas por órtesis y prótesis a mayores a cargo del trabajador igualándolo a las concedidas a hijos.

-         Adecuación del Reglamento de ayuda por estudios a las nuevas titulaciones.

Prórroga de la ayuda de guardería haciéndola extensiva a primaria (hasta los 13 años)  para miembros de familias monoparentales o víctimas de violencia de género.

SUSPENSIÓN DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN

La Mesa de Negociación debe mostrar el respeto que merecen las trabajadoras y trabajadores de la Diputación

 

La Mesa de Negociación debe mostrar el respeto que merecen las trabajadoras y trabajadores de la Diputación

 

La Mesa de Negociación se reunió pasado viernes 2 de febrero para aprobar las modificaciones que se habían acordado con los sindicatos y así poder llevarlas al pleno de este mes de febrero. En principio se había pactado con los sindicatos, que se abordarían los cambios necesarios en el BOP/ Imprenta y Playas. Pero, ya iniciada la Mesa, nos comunicaron que había modificaciones de última hora por parte del equipo de gobierno y que por tanto tenían que paralizar la negociación que ellos mismos habían convocado.

Es evidente que el actual gobierno de la Diputación debe mostrar mayor respeto a las empleadas y los empleados de esta Corporación. Llevamos mucho tiempo reclamando que los cambios que se realicen en la RPT sean para mejorar la estructura y servicios de esta Administración y no para premiar a los afines.

CSIF considera que se tendría que haber aprobado ya las mejoras en las secciones de Playas y la Imprenta/ BOP, que eran los puntos acordados, y no tirar abajo la negociación por falta de acuerdo en temas que ni se habían presentado con anterioridad para negociar con los sindicatos. Y a continuación de esta modificación, se debería seguir con los puestos de trabajo que más lo requieren, como son los vigilantes de sala, los del centro ocupacional, profesores, subalternos, conductores y otros colectivos.

Sólo pedimos que la Transparencia que han vendido como su bandera sea una realidad más que un eslogan. Pedimos respeto a las trabajadoras y trabajadores. Pedimos que las modificaciones de la RPT respondan a criterios de igualdad y mérito.

No se puede consentir que en la Mesa de Negociación se pretenda convertir a la parte social en un mero invitado de piedra. Desde luego CSIF no lo va a consentir.

Por todo ello, exigimos que se reactive la Mesa lo antes posible con el orden del día que se había acordado, que los sindicatos habíamos revisado detenidamente y que exclusivamente perseguía la mejora del personal, que es nuestro objetivo como representantes de las trabajadoras y trabajadores de la Diputación.

 

SE VEÍA VENIR

CSIF fue el primero en dar la voz de alarma y nos quedamos solos. Dijimos que las cosas no funcionaban bien, que habían puesto la política por encima de los problemas reales de la Diputación, y eso siempre va en contra de los intereses de las trabajadoras y los trabajadores.

 

El retraso e improvisación en las provisiones, promociones, convenio, OPEs, (recordemos el cambio de fecha del primer examen de los TAG, entre otras decisiones llamativas al menos),… es producto de una mala organización y de un mal funcionamiento estructural, como lo son casi todas las cosas que están encima de la mesa en estos momentos.

CSIF fue el primero en dar la voz de alarma y nos quedamos solos. Dijimos que las cosas no funcionaban bien, que habían puesto la política por encima de los problemas reales de la Diputación, y eso siempre va en contra de los intereses de las trabajadoras y los trabajadores.

 

El retraso e improvisación en las provisiones, promociones, convenio, OPEs, (recordemos el cambio de fecha del primer examen de los TAG, entre otras decisiones llamativas al menos),… es producto de una mala organización y de un mal funcionamiento estructural, como lo son casi todas las cosas que están encima de la mesa en estos momentos.

 

La pregunta es por qué se ha priorizado tantos cambios en la relación de puestos de trabajo, que al final son mejoras para unos cuantos, ralentizando todo lo demás, y no se dan soluciones a los problemas más acuciantes, como servicios desestructurados, el descenso del número de trabajadoras y trabajadores por jubilación o el incremento de trabajo temporal (interino).

 

Como ya hemos trasmitido al Servicio de Personal en diversas ocasiones, creemos que además de los procesos en marcha y del convenio, hay que solucionar otros asuntos más urgentes como igualar retribuciones entre compañeras y compañeros que realizan el mismo trabajo; revisar horarios de determinados colectivos, que son fuente de conflicto; mejorar las condiciones de trabajo en servicios como el IVAF o el centro ocupacional; el nombramiento como funcionarios interinos de los contratados, tal y como se consensuó en una mesa general de negociación (subalternos, administrativos…); implantar el concurso-oposición en las oposiciones en las que hay interinos, hecho que ni se ha contemplado en la de oficial de recaudación o en la de técnicos de administración general, pero sí se hace en el resto de administraciones; en definitiva, el objetivo prioritario es que la Diputación implante soluciones mediante planes de estabilización y consolidación al trabajo temporal, donde la RPT de funcionarios sea la base de trabajo de la institución, con las obligaciones que deben cumplir las empleadas y los empleados públicos y también con los derechos que les corresponden. Los funcionarios somos trabajadores de la Diputación, la que perdura, no estamos al servicio de los partidos políticos de paso ni queremos que se politice nuestro puesto de trabajo.

 

CSIF sólo quiere que las trabajadoras y los trabajadores de la Diputación sean respetados, que se solucionen los problemas del día a día, que no seamos víctimas de la mala gestión política, que nuestra única preocupación sea el trabajo bien hecho. Por todo esto, le reiteramos al Servicio de Personal que centre sus esfuerzos en gestionar bien esta plantilla y no diluya su cometido entre el humo que generan otras personas y colectivos con otros intereses.

REACTIVACIÓN DEL CONVENIO

REACTIVACIÓN DEL CONVENIO

 

REACTIVACIÓN DEL CONVENIO

 

Nos volvemos a poner en contacto con todos vosotros para informaros de que nos reunimos con el jefe de personal, a petición suya, para reactivar el convenio que por circunstancias ajenas a la parte social estaba paralizado.

 

A continuación os detallamos los temas que tratamos:

 

1.      La carrera profesional consideramos que es uno de los temas de mayor interés para todos, es un reconocimiento al trabajo realizado durante años, que reconoce una formación continuada bajo criterios objetivos y no subjetivos, como se ha venido realizando, que beneficia a todos los trabajadores y no sólo a unos pocos.

2.      La temporalidad en la Administración es uno de los grandes problemas actuales, y de momento no se está haciendo nada en la Diputación; el número de interinos va creciendo y no se dan soluciones. Desde el CSIF hemos propuesto un plan de consolidación o estabilización del empleo temporal, además de la implantación del concurso-oposición como procedimiento de selección, y la inclusión en las bolsas de los interinos que hayan participado en la OPE. Pensamos que al igual que la carrera profesional reconoce los años y el esfuerzo de los trabajadores, también hay que reconocer a los compañeros que por circunstancias ajenas a ellos no han podido presentarse a su plaza durante muchos años.

3.      Con respecto horario, permisos y licencias, hemos intentado buscar la conciliación laboral y familiar incluyendo el cuidado de los familiares mayores que tenemos a nuestro cargo.

 

Hemos solicitado la jornada ordinaria de 35 horas, mayor dedicación 37,5 y plena dedicación 40.

Solicitamos también la flexibilidad horaria al personal funcionario con tratamientos oncológicos o enfermedades graves.

Además, solicitamos la jornada especial de Semana Santa y Pascua, equiparable con la jornada especial de trabajo de Navidad, Año Nuevo y Reyes.

 

Igualmente hemos solicitado: compensar el cumplimiento horario de tardes en una jornada distinta al de la asistencia a consulta médica o formación en casos justificables; incrementar la ausencia por razón de enfermedad de uno a tres días y la ausencia por incapacidad transitoria de cuatro o más días; permiso retribuido a la funcionaria gestante a partir del primer día de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto, previa comunicación, y en el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo hasta la fecha de parto; justificación de la asistencia a la realización de cada una de las pruebas médicas múltiples, dentro de la misma jornada laboral, pero solo computará a efectos de control de cumplimiento de jornada, una hora y treinta minutos antes de la primera prueba y una hora y treinta minutos después de la realización de la última prueba; prolongación del tiempo de justificación y de asistencia médica, pasando de una hora como está establecido en la actualidad a una hora y treinta minutos; permiso de asistencia a tutorías en centros educativos de hijos o hijas a su cargo; permiso para la asistencia a valoraciones de dependencia o a gabinetes psicopedagógicos de personas mayores, hijos o hijas a su cargo; para trámites por  fallecimiento, el personal podrá acudir durante su jornada laboral a Juzgados, Registros y otras Administraciones Públicas, para la tramitación necesaria (herencia, orfandad, certificado de defunción, etc) y durante el tiempo indispensable, debiendo aportar con carácter inmediato el documento que lo justifique;  y prolongación de la vida laboral.

 

4.      Del mismo modo, solicitamos la revisión de retribuciones como horas extras, plus de nocturnidad y festivos o asistencia a plenos para colectivos como mecánico-conductor, limpieza de playas, subalternos, etc. También se debe equiparar al sector educativo a las tablas retributivas de la Generalitat Valenciana.

 

5.      Respecto a las ayudas sociales solicitamos la concesión de ayudas por órtesis y prótesis a mayores a cargo del trabajador igualándolo a las concedidas a hijos; adecuación del Reglamento de ayuda por estudios a las nuevas titulaciones; prórroga de la ayuda de guardería haciéndola extensiva a primaria (hasta los 13 años)  para miembros de familias monoparentales o víctimas de violencia de género; concesión de ayudas para centros de día, residencias y cuidadores/asistentes de mayores; y revisión/actualización de todas las aportaciones.

 

6.      Así mismo, solicitamos otras propuestas como son la activación de aportaciones por parte de la Diputación al fondo de pensiones, recuperación de las prejubilaciones y estudio de viabilidad de la implantación de teletrabajo.

 

Fuera de las propuestas del convenio solicitamos la equiparación de los sueldos entre compañeros del mismo colectivo, como auxiliares-oficiales y técnicos de recaudación, mecánico-conductores, etc.

También hemos vuelto a mostrar nuestro desacuerdo con el procedimiento de selección de la OPE 2016, donde no se ha tenido en cuenta la propuesta de concurso-oposición para las plazas ocupadas por interinos como se hace en otras administraciones.

 

La propuesta del CSIF de la Diputación de València es justa, comedida y razonable.

 

Hemos huido del oportunismo, de la demagogia y de cualquier otro interés. Queremos equipararnos a los derechos que ya tienen los empleados de la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de València. Queremos que la Diputación funcione mejor para que nosotros, los trabajadores, tengamos unas mejores condiciones de trabajo, como ya las tienen los funcionarios de las otras administraciones valencianas.

Y para que eso se consiga vamos a seguir trabajando.

 

Como siempre, os recordamos que estamos a vuestra disposición en el local sindical del CSIF-Diputación de València.

 

 

 

 

 

 

 

 

CARTA DEL SECRETARIO GENERAL A LOS AFILIADOS

Estimados compañeros:

 

Estimados compañeros:

 

Hace ya seis meses que celebramos la Asamblea en la que salí elegido como Secretario General, y desde entonces mi objetivo ha sido defender los derechos de todos los afiliados y reivindicar las mejoras que debemos tener los trabajadores de esta institución, en lo que atañe al plano laboral y, también, al social.

 

Mis compañeros y yo os queremos agradecer la confianza que habéis depositado en nosotros y vuestra colaboración, al tiempo que os queremos recordar que el sindicato está a vuestro servicio.

 

Como Secretario General de esta sección sindical, me hubiera gustado visitaros a todos los compañeros que estáis afiliados a nuestro sindicato y comentaros las novedades que se han ido produciendo, pero la realidad ha sido otra por las continuas reuniones a causa de la acumulación de mesas y de temas abiertos en materia de personal, en los que debía representaros.

 

Nuestra labor durante estos meses ha sido muy intensa y hemos intentado que estuvierais al corriente a través de los correos que os hemos mandado informando sobre los temas más candentes. Respecto a estas comunicaciones, os reitero a todos el agradecimiento por las opiniones que algunos de vosotros nos habéis hecho llegar y que siempre suman.

 

Queremos estar lo más cerca posible de vosotros. Por eso, nos ponemos a vuestra disposición para lo que necesitéis, porque es un orgullo que confiéis en nosotros para llevar adelante este proyecto y, sobre todo, es un honor representaros a todos, compañeros con nombres y apellidos que compartimos trabajo y objetivos con profesionalidad, honradez y transparencia.

 

Recibid un fuerte abrazo.

 

Ricardo Ortí

FINALIZA LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN

FINALIZA LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN

 

El pasado 6 de julio concluyó la mesa general de negociación con cierto sabor agridulce.

 

FINALIZA LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN

 

El pasado 6 de julio concluyó la mesa general de negociación con cierto sabor agridulce.

 

La mesa que se ha denominado de “coste 0” se centró en dos cuestiones: redistribuciones y la apertura de puestos a otras administraciones.

 

Con respecto a las redistribuciones, sólo objetar que CSIF no pudo realizar un análisis pormenorizado y exhaustivo de los cambios por la falta de tiempo, nos hubiera gustado consultar a las partes, jefes de servicios y compañeros, pero no fue posible. El servicio de personal nos aseguró que la próxima vez facilitará la documentación en tiempo y forma, y que la propuesta estaba consensuada ya con todas las partes.

 

El punto de discordia fue la apertura de puestos a otras administraciones. CSIF no está en contra de éstas, siempre y cuando sean en casos muy concretos y que no puedan ser cubiertos por personal de la casa.

No estamos de acuerdo principalmente por dos razones. Porque creemos que en la Diputación hay personal muy cualificado y profesional que podría ocupar estos puestos sin ir a buscar a otras administraciones; además pensamos que si se destinan las jefaturas a personal de otras administraciones los compañeros de la casa ven reducidas sus posibilidades de promoción.

La otra razón es porque pensamos que los principios para la selección y provisión de puestos deben ser las contempladas por la ley de mérito, capacidad, publicidad, igualdad y transparencia.

Por todo esto mostramos nuestro rechazo a la propuesta inicial y conseguimos reducir la cantidad de puestos que querían cubrir con personal de otras administraciones.

 

Por último, hemos trasmitido a los responsables de Personal que, a pesar de ser una mesa de “coste 0”, sí se debían tratar los temas de equiparación salarial entre compañeros que realizan las mismas funciones y cobran distinto como por ejemplo auxiliares de recaudación, responsables de oficinas de recaudación, conductores, subalternos, una reivindicación más que necesaria y que no dejaremos de pedir que solucionen hasta que tomen las medidas oportunas en los casos que lo requieren.

PROPUESTA DE CSIF A PERSONAL

CAPÍTULOS VI Y VII

 

 

Artículo 34. Objetivos de la ordenación y planificación de los recursos humanos

CAPÍTULOS VI Y VII

 

 

Artículo 34. Objetivos de la ordenación y planificación de los recursos humanos

La Diputación de Valencia tendrá como objetivo, a través de la planificación de los recursos humanos, contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad.

 A este efecto la Diputación de Valencia podrá aprobar planes para la ordenación de sus recursos humanos, que incluyan, entre otras, algunas de las medidas referidas en el artículo 45 de la Ley 10/2010, de 9 de julio de la Generalitat.

La Diputación, dentro del marco normativo señalado en el párrafo anterior, se compromete a realizar un Plan de Estabilidad de Empleo dirigido a la consolidación o estabilización del empleo precario derivado de las limitaciones legales en la tasa de reposición de efectivos, desde la entrada en vigor del presente Acuerdo

 

 

 

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·         Art. 45 Ley 10/2010 de la Generalitat LOGFPV

·         Art. 69 TREBEP

·         La aprobación de un Plan de estabilidad de empleo por parte de la Diputación, ha de tener como finalidad, la de dotar de empleo estable al colectivo interino que actualmente presta sus servicios en la misma.

Ante la indefensión legal que se ha generado como consecuencia de la paralización de las Ofertas de empleo público en todas las administraciones, el personal interino en defensa de sus intereses a recurrido de forma reiterada a los tribunales. El Tribunal Constitucional, al amparo de la Directiva Comunitaria 1999/70/CE ha acuñado la figura de “interino de larga duración”, reconociendo determinados derechos a aquellos interinos que se encuentran en dicha situación más de 5 años, ya que la figura de “interino” se desnaturaliza cuando las razones de su contratación “expresamente justificada para razones de necesidad y urgencia en supuestos tasados y de corta duración” permanece 5 años o más bajo esta modalidad de empleo público.

Los requisitos que establece la Disposición Transitoria 4ª del TREBEP para realizar procesos de consolidación de empleo se cumplen en la Diputación de Valencia, aunque no para todas las plazas ocupadas por interinos, ya que la gran mayoría fueron ocupadas con fecha posterior al 1/1/2005, por eso es preciso realizar el Plan de estabilización de empleo, ya que sería discriminatorio para el personal interino de larga duración no poder realizar un concurso-oposición.

En otras administraciones (Ayuntamiento y Generalitat) se ha realizado este tipo de actuación para dotar al personal interino de larga duración (anterior y posterior a la fecha anteriormente señalada) de una herramienta de acceso definitivo a la Función Pública, reconociendo a su  personal el esfuerzo realizado en los últimos años, ya que han sufrido retrocesos en sus condiciones laborales y retributivas, convirtiéndose en los principales contribuyentes  al pago de  una crisis de la que no eran responsables.

Se ha de tener en cuenta que el personal interino de larga duración, ya ha demostrado de forma fehaciente su “profesionalización”, desempeñan a la perfección sus funciones, conocen la aplicaciones informáticas de la Diputación, realizan cursos de formación y pos supuesto poseen una experiencia acumulada en el ejercicio de funciones de su puesto de trabajo. La Diputación no haría buen uso de los recursos públicos, si no dotara de estabilidad a este personal, ya que estaría dilapidando económicamente la inversión realizada en su formación, duplicando el gasto a realizar, ya que debería invertir en formar al personal de nuevo ingreso.

            No obstante, el hecho de convocar un concurso-oposición, no va en contra de los principios de acceso a la función pública, ya que la jurisprudencia constitucional indica que “la finalidad de consolidar el empleo público temporal no puede considerarse a priori constitucionalmente ilegítima, ya que pretende conseguir estabilidad en el empleo para quienes llevan un período más o menos prolongado de tiempo desempeñando satisfactoriamente las tareas encomendadas”; añadiéndose que “la valoración como mérito de la antigüedad o experiencia previa no puede estimarse, pues, como una medida desproporcionada, arbitraria o irrazonable con relación a esa finalidad de consolidación del empleo temporal y, aunque efectivamente establece una desigualdad, ésta viene impuesta en atención a un interés público legítimo y no responde al propósito de excluir a nadie de la posibilidad efectiva de acceso a la función pública”.  En conclusión, como afirma la STC 27/1991, “la experiencia es, desde luego, un mérito, y conferir relevancia a su disfrute no sólo no es contrario a la igualdad, sino que, en tanto que cualidad susceptible de justificar una diferencia de trato, se compatibiliza perfectamente con el art. 14 de la Constitución y es condición de obligada relevancia en atención a criterios tales como los de eficacia en la prestación de servicios por parte de la Administración pública”.

Por último, el Proyecto de presupuestos del Estado para 2018 en su artículo 19.Uno.9 señala:  “Además de lo establecido en el artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017 en los siguientes sectores y colectivos: personal de los servicios de administración y servicios generales, de investigación, de salud pública e inspección médica así como otros servicios públicos. En las Universidades Públicas, sólo estará incluido el personal de administración y servicios.”. Por lo que el legislador, si finalmente dicha ley supera el trámite parlamentario, dará cobertura a la estabilización del personal interino de larga duración.

 

 

Artículo 36. La oferta de empleo público

Primero. La Oferta de Empleo Público ha de recoger las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes en la Corporación más un porcentaje adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos y podrá también contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

Segundo. En la Oferta de Empleo Público, se reservará el porcentaje que legalmente se establezca de las vacantes para ser cubiertas por personal con discapacidad de grado igual o superior al 33%, de modo que progresivamente se alcance el 2% de los efectivos totales de la Corporación, siempre que, superadas las pruebas selectivas, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas correspondientes, según se determine legalmente.

Tercero. La Diputación, comprometida con el Servicio público y la mejor atención a la ciudadanía, y teniendo en cuenta como ejes centrales de su gestión los principios de eficacia y eficiencia, se compromete en su política de empleo público al mantenimiento de la plantilla ocupada interinamente con carácter prioritario a cualquier otro tipo de acciones. Para ello, impulsará procesos de consolidación o estabilización del empleo que garanticen el cumplimiento de este artículo.

 

 

 

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Acuerdo laboral para el personal funcionario al Servicio del Ayuntamiento de Valencia, para los años 2016-2019, que obra en el presente expediente, y a la vista de los informes obrantes en el mismo. (BOP nº 238, de 13 de diciembre de 2016). “Artículo 66. Defensa del empleo público. La Corporación, comprometida con el Servicio Público y la mejor atención a la ciudadanía, y teniendo como ejes centrales de su gestión los principios de eficiencia y eficacia, se compromete en su política de empleo público al mantenimiento de la plantilla ocupada interinamente con carácter prioritario a cualquier otro tipo de acciones. En este sentido, la Corporación impulsará procesos de consolidación que garanticen el cumplimiento de este artículo. No obstante, y en aquellos supuestos debidamente justificados, podrán realizarse nombramientos interinos por plazo determinado, al objeto de realizar acciones puntuales y temporales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2.c) de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana. En estos casos, una vez transcurrido el plazo, el personal que haya sido nombrado en estas condiciones, una vez cese, volverá al lugar que ocupaba en la bolsa de trabajo.”

 

 

Artículo 38. Procedimientos de selección

1. Los procedimientos de selección tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna.

2. Los procedimientos se iniciarán mediante convocatoria pública. Las bases de la convocatoria, como mínimo, deberán contener:

a) El número de vacantes, grupo o subgrupo profesional y, en su caso, escala y subescala.

b) El porcentaje de vacantes reservado para la promoción interna, si procede.

c) Requisitos que deben reunir las personas aspirantes.

d) El sistema selectivo aplicable, con indicación del tipo de pruebas concretas y, en su caso, relación de los méritos, así como de los criterios y de las normas de valoración.

e) La composición del órgano técnico de selección.

3. Las convocatorias y sus bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y vinculan a la Diputación, a los órganos de selección y a las personas que participan en las mismas.

4. Los sistemas selectivos del personal funcionario de carrera serán los de oposición y concurso-oposición, siendo de preferente utilización el de oposición, debiendo incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los y las aspirantes y establecer el orden de prelación.

Si la convocatoria de la oferta pública de empleo incluyera vacantes contempladas en un plan de consolidación o estabilización redactado al amparo del artículo 34 será preferente el sistema selectivo de concurso-oposición.

Sólo en virtud de Ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.

Los sistemas selectivos se regularán por la Ley 10/2010, de 9 de julio de la Generalitat, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio o normativa estatal que en su día sustituya a ésta, así como el Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, o normativa autonómica que en su día lo sustituya.

 

 

 

 

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·         Ley  7/85 RBRL. Art. 91.2, por el que se dispone que la selección de todo el personal, sea funcionario o laboral, debe realizarse a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición libre en los que se garanticen, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad mérito y capacidad.

·         RD 896/1991, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos, en su artículo 2 El ingreso en la Función Pública Local se realizará, con carácter general, a través del sistema de oposición, salvo que, por la naturaleza de las plazas o de las funciones a desempeñar, sea más adecuada la utilización del sistema de concurso-oposición o concurso.

·         RDL 5/2015 TREBEP. Indica que el personal de las Administraciones locales se rige por la legislación estatal que le sea de aplicación, de la que forma parte el mismo Estatuto y la legislación de la Comunidad Autónoma, con respeto a la autonomía local. Establece el Artículo 61.6, Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición…. Solo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.

·         Decreto 3/2017 del Consell, Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana. Art. 6. Establece los criterios generales de selección como en el TREBEP.  No señala como preferente la oposición y en el caso del concurso dispone que se aplicará con carácter excepcional cuando lo autorice una ley de Corts.

·         II Acuerdo Marco entre la Federación Valenciana de Municipios y Provincias y las organizaciones sindicales CCOO, UGT y CSIF para el personal al servicio de las administraciones locales de la Comunidad Valenciana. (DOCV Nº 7384, 20/10/14, sigue vigente). Es de aplicación a los municipios y provincias adheridos a la Federación. En su artículo 8.2.b señala que dentro de la legislación vigente se tenderá a la fórmula del concurso oposición como medio de selección de los empleados públicos.

 

 

Artículo 41. Personal funcionario interino

Es personal funcionario interino aquel que por justificadas razones de necesidad y urgencia son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias del personal funcionario de carrera, cuando concurran las siguientes circunstancias:

a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por personal funcionario de carrera.

b) La sustitución transitoria de quien ejerza la titularidad.

c) La ejecución de programas de carácter temporal.

d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un período de doce meses.

El cese del personal funcionario interino se producirá:

a) Cuando desaparezcan las circunstancias que dieron lugar a su nombramiento.

b) Por la provisión del puesto correspondiente por funcionaria o funcionario de carrera.

c) Por amortización del puesto de trabajo.

d) Cuando se produzca un incumplimiento sobrevenido de los requisitos exigidos para su nombramiento, como consecuencia de la modificación de la clasificación de los puestos de trabajo.

e) Por renuncia, pérdida de la nacionalidad, jubilación total, sanción firme de separación del servicio, pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme y fallecimiento.

La selección del personal funcionario interino habrá de realizarse mediante procedimientos ágiles que respetarán en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Las condiciones o requisitos que deba reunir el personal aspirante deberán ser necesariamente iguales a las exigidas para acceder como personal funcionario de carrera. El nombramiento del personal funcionario interino se efectuará, de conformidad con el Reglamento de Composición y Gestión de Bolsas de Trabajo de la Diputación de Valencia, y respecto de los y las aspirantes que les corresponda de la bolsa respectiva para esa plaza.

Dichas bolsas de trabajo podrán originarse, bien a partir de un proceso selectivo de Oferta de Empleo Público, para cuya elaboración los componentes de la misma necesariamente habrán participado en el correspondiente proceso selectivo de la Diputación de Valenciasuperado el primer ejercicio, o bien resultar de un proceso específico de constitución de bolsa de empleo temporal, de conformidad con el Reglamento anteriormente citado.

Las bolsas que se originen con el personal que haya participado en un proceso selectivo, podrán constituirse con:

 

a.- El personal que, habiendo participado en los correspondientes procesos selectivos de la Diputación de Valencia, haya aprobado algún ejercicio.

b.- El personal funcionario interino o en nombramiento por mejora de empleo cesado en un puesto del Grupo, Escala, APF o Cuerpo cuya bolsa se convoca, siempre que haya participado en el proceso selectivo, habiendo sido calificado, del que deriva la bolsa que se constituye.

c.- El personal funcionario de carrera que, habiendo participado en el proceso selectivo del Grupo, Escala, APF o Cuerpo del que se constituye la bolsa, hubiera aprobado algún ejercicio en un proceso del mismo Grupo, Escala, APF o Cuerpo derivado de una Oferta de Empleo anterior. A estos efectos, se considera que los puestos siempre han estado clasificados en el Grupo, Escala, APF o Cuerpo que conste en la relación de puestos de trabajo.

Cuando se constituya una bolsa derivada de un nuevo proceso de selección, la bolsa vigente hasta ese momento adquirirá el carácter de supletoria.”

 

 

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- Orden 18/2018, de 19 de julio, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, sobre regulación de bolsas de empleo temporal para proveer provisionalmente puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat.

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladoras de las Bases del régimen Local. Artículo 92 “1. Los funcionarios al servicio de la Administración local se rigen, en lo no dispuesto en esta Ley, por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por la restante legislación del Estado en materia de función pública, así como por la legislación de las Comunidades Autónomas, en los términos del artículo 149.1.18.ª de la Constitución.”

- Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana. Artículo 159. Personal de las entidades locales. “3. El régimen jurídico de los empleados públicos al servicio de la administración local que no sean habilitados de carácter estatal, se regirá por lo dispuesto en la legislación básica, en la Ley de Función Pública de la Generalitat y su desarrollo reglamentario.”

- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local. Disposición Final primera: no constituyen legislación básica del estado los párrafos 2 y 3 de la Disposición Adicional primera.

- Orden de 17 de enero de 2006, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, sobre regulación de bolsas de empleo temporal para proveer provisionalmente puestos de trabajo de la administración del Gobierno Valenciano. Artículo 5. Constitución de bolsas “Uno. Las bolsas de trabajo de empleo temporal, reguladas en la presente orden, estarán constituidas por: 

a) El personal que, habiendo participado en los correspondientes procesos selectivos para el ingreso en la administración del Gobierno Valenciano, convocados con posterioridad a la entrada en vigor del Decreto 33/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano, hayan aprobado algún ejercicio o alguna parte de las pruebas de la fase de oposición, obligatorias y eliminatorias de los procesos selectivos del Plan de Estabilidad y acrediten los requisitos que le fueron exigidos para participar en el proceso selectivo.

 b) El personal interino y contratado laboral temporal cesado, así como el personal que resulte desplazado o cesado como consecuencia de los procesos derivados del Plan de Estabilidad Laboral regulado en la disposición transitoria sexta de la Ley de Función Pública Valenciana, introducida mediante Ley 16/2003, así como de las pruebas selectivas de las ofertas de empleo público de 1999 y subsistentes de 2000. En el caso de que se haya convocado oferta de empleo en su grupo y especialidad, deberán acreditar su participación en los procesos selectivos correspondientes, no procediendo su integración en la bolsa, en caso contrario.

Dos. Cuando de conformidad con la oferta pública de empleo no se prevea la convocatoria de un proceso selectivo para algún grupo, categoría o especialidad y se hubiere agotado la bolsa existente o habiéndose convocado se hubieran agotado las bolsas existentes en la Dirección General competente en materia de función pública, se podrá, previa negociación en la Comisión de Seguimiento regulada en el artículo 12 de la presente orden, por resolución de la citada Dirección General, publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, abrir un plazo específico de 10 días para que los interesados soliciten su inclusión acreditando los requisitos que se establezcan en la propia resolución y los méritos a que se refiere el artículo 10.”

 

Proyecto de regulación de bolsas de empleo temporal para proveer provisionalmente puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat. Artículo 5. Tipos de bolsas de trabajo 1. Las personas candidatas para la cobertura de puestos como personal temporal, se seleccionarán conforme al principio de agilidad en los procedimientos y de respeto a los principios de acceso al empleo público de publicidad, igualdad, mérito y capacidad y provendrán de las siguientes bolsas:

a) Las bolsas de trabajo resultantes de los procesos de selección convocados en el desarrollo de la oferta de empleo público, que serán prioritarias en relación a las previstas en el apartado b, y de las que podrán formar parte:

1º El personal que habiendo participado en las pruebas selectivas de acceso al cuerpo, Escala o APF de que se trate, haya aprobado algún ejercicio.

2º El personal funcionario interino, laboral temporal o en nombramiento por mejora de empleo cesado en un puesto del Cuerpo, Escala o APF cuya bolsa se convoca, siempre que haya participado en el proceso selectivo, habiendo sido calificado, del que deriva la bolsa que se constituye.

3º El personal funcionario de carrera que, habiendo participado en el proceso selectivo del Cuerpo, Escala o APF del que se constituye la bolsa, hubiera aprobado algún ejercicio en un proceso del mismo cuerpo Escala o APF derivado de un decreto de Oferta de Empleo anterior. A estos efectos, se considera que los puestos siempre han estado clasificados en el Cuerpo, Escala o APF que conste en la relación de puestos de trabajo.

Cuando se constituya una bolsa derivada de un nuevo proceso de selección, la bolsa vigente hasta ese momento adquirirá el carácter de supletoria.”

 

 

 

 

Artículo 42. Bolsas de trabajo

Podrán confeccionarse bolsas de trabajo de carácter temporal, para efectuar nombramientos de personal interino en los supuestos referidos en el artículo anterior y en los previstos en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.

La oferta de trabajo será por estricto orden de puntuación. Se regirán por los mismos principios anteriormente indicados para el acceso a la función pública y, en concreto, por el Reglamento de Composición y Gestión de Bolsas de Trabajo de la Diputación de Valencia. De las convocatorias de dichas bolsas se informará previamente a la Comisión Paritaria de Personal.

La Comisión paritaria de personal realizará el seguimiento de las bolsas de empleo Temporal.

La Comisión tendrá carácter de órgano de participación en el seguimiento de la constitución y funcionamiento de las bolsas de empleo temporal, sin perjuicio de las competencias atribuidas legalmente a los foros de negociación colectiva.

Corresponderá a la Comisión paritaria de personal lo siguiente:

a) Se informará previamente de las convocatorias de dichas bolsas.

b) Conocer periódicamente el estado de las bolsas y los puestos adjudicados, incluyendo la categoría, fecha de inicio y cese de los nombramientos o contratos.

 

 

 

 

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- Orden de 17 de enero de 2006, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, sobre regulación de bolsas de empleo temporal para proveer provisionalmente puestos de trabajo de la administración del Gobierno Valenciano. Artículo 12. Comisión de Seguimiento de las Bolsas de Empleo Temporal. “Uno. La Comisión de Seguimiento de las Bolsas de Empleo Temporal, adscrita a la Dirección General competente en materia de función pública, estará formada por un representante de cada organización sindical con representación en la Mesa Sectorial de Función Pública, y el mismo número de representantes de la administración.

La Comisión tendrá carácter de órgano de participación en el seguimiento de la constitución y funcionamiento de las bolsas de empleo temporal, sin perjuicio de las competencias atribuidas legalmente a los foros de negociación colectiva.

Corresponderá a la Comisión de Seguimiento lo siguiente:

a) Comprobar y evaluar los méritos de los aspirantes en los procesos de constitución de las bolsas.

b) Conocer periódicamente el estado de las bolsas y los puestos adjudicados, incluyendo la categoría, fecha de inicio y cese de los nombramientos o contratos.

c) Informar la resolución de las reclamaciones que se formulen en esta materia así como sobre cualquier cuestión recogida en la presente orden o directamente relacionada con su cometido, bien a propuesta de la administración, bien a propuesta de las organizaciones sindicales presentes en la misma.

d) Proponer las medidas que estime oportunas para la formación y gestión de las bolsas, así como la creación de comisiones delegadas de la Comisión de Seguimiento específicas para bolsas determinadas. Las comisiones delegadas deberán someterse en su actuación a los criterios establecidos por la Comisión de Seguimiento para la formación y gestión de las bolsas.

e) Solicitar a la Comisión Mixta de Estudio de las Discapacidades el dictamen a que se refiere el artículo 7. Dos.

Dos. La Dirección General competente en materia de función pública nombrará a los miembros de la Comisión de Seguimiento que han de actuar en representación de la administración, y a propuesta de las organizaciones sindicales a los que han de actuar en nombre de las mismas, todos ellos con sus respectivos suplentes, designando de entre los representantes de la administración a quienes han de ejercer las funciones de Presidencia y Secretaría.

Tres. Para la adopción de acuerdos en aquellos supuestos que requieran la mayoría de votos, y cualquiera que sea el número de miembros que actúen en representación de la administración, ésta dispondrá de un número de votos igual al que resulte de sumar los de las organizaciones sindicales, y el presidente ejercerá el voto dirimente en caso de empate.

Cuatro. A los mismos efectos, cada una de las organizaciones sindicales miembros de la Comisión de Seguimiento tendrá atribuidos un número de votos que represente, respecto del total de aquellas, una proporción equivalente a la representatividad obtenida en las últimas elecciones sindicales en los ámbitos laboral y funcionarial, calculada de manera conjunta.

Cinco. Corresponde al presidente de la Comisión la facultad de convocar sus reuniones y fijar el orden del día, por propia iniciativa o a propuesta de cualquiera de sus miembros.

Seis. En lo no previsto en el presente artículo se estará a lo dispuesto para el funcionamiento de los órganos colegiados en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Siete. La Comisión de Seguimiento será única y común para todas las bolsas de empleo temporal que en lo sucesivo se creen.

Ocho. A los efectos de presentación de documentación, y cuantos otros se deriven de la presente orden, la Comisión de Seguimiento tendrá fijado su domicilio en la sede de la Dirección General competente en materia de función pública.

Nueve. Todos los escritos irán dirigidos a la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, Dirección General de Administración Autonómica, Servicio de Provisión de Puestos.”

HABLAMOS DE LA MESA

Hablamos de la Mesa:

Propuestas públicas vs amistades peligrosas

 

Hablamos de la Mesa:

Propuestas públicas vs amistades peligrosas

 


Empecemos por recordar los hechos tal y como son y no por buscar titulares populistas. El pasado 21 de septiembre, se nos convocó a Mesa General de Negociación, con varios puntos a tratar; entre ellos la modificación de la normativa de la relación de puestos de trabajo.

Lo que parecía una jornada de debate de una propuesta del Servicio de Personal se transformó en una acalorada discusión entre los representantes de UGT y el jefe de Personal. Nuestra sorpresa fue mayor porque UGT fue el único sindicato que no solicitó una reunión previa para proponer modificaciones.

La reunión finalizó con el compromiso de Personal de elaborar una propuesta con las modificaciones realizadas por los sindicatos y hacérnosla llegar lo antes posible. En ningún momento se votó ni se aceptó, por parte de ninguno, y desde luego tampoco por parte de CSIF.

 

Nos hemos llevado una desagradable sorpresa al ver la acusación de UGT y sólo podemos mostrar nuestro asombro y perplejidad.

Creemos que sus manifestaciones sobre la Mesa son un pretexto de algo más, de algo que no se habla en la Mesa, de algo que se habla en un despacho, de algo que puede ser una reestructuración de áreas, de nombramiento de jefes o cualquier otra negociación. Pero de eso no tenemos conocimiento público porque nada se ha llevado a la Mesa, así que, que nos lo expliquen.

Nos agrada que se hable de soledad y de vaticinios. Debemos recordar que el único sindicato que dijo NO a la Mesa de noviembre con unos cambios de RPT valorados en 2 millones de euros, más o menos, a los que habría que sumar las dos Mesas anteriores,  fue CSIF. Advertimos que era un reparto selectivo y que afectaría al futuro, y que luego no habría dinero para la carrera profesional, que es para TODOS.

 

Además, también hemos sentido soledad al hablar del concurso-oposición para la OPE de 2016, con plazas ocupadas por interinos de larga duración. Y más soledad en tantas otras propuestas que trataban de introducir algo de cordura.

 

 

CSIF siempre defiende en la Mesa de General de Negociación, que lo primero es solucionar temas básicos y fundamentales que son los que realmente importan, como es consolidar las productividades; articular y dotar la carrera profesional; acabar con desigualdades como sucede con los auxiliares de recaudación;  injusticias como las de los subalternos que no cobran por su trabajo en los Plenos; resolver los compromisos con colectivos como el de limpieza de playas y mecánicos-conductores; subsanar la carencia de personal, pero no sólo en el IVAF, también en el Centro Ocupacional, la Escuela de Catarroja, la Escuela de Requena y en otros servicios que lo necesitan; reconversión de grupos como el E; consolidación de interinos - de éste en concreto ningún avance en el Convenio, aunque lleven más de 10 años en la Diputación- y tantos otros temas propuestos que faltan por solucionar.


Si ven gigantes en molinos de viento o dicen medias verdades, o saben cosas que no se hablan en Mesa, estarán solos porque solos tratan sus intereses. Pero si quieren negociar y buscar soluciones, a los problemas que a todos los trabajadores de la Diputación nos afectan, contarán con nosotros.