Subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Valencia para el fomento de la participación ciudadana, la transparencia y el acceso a la información pública

 

La Junta de Gobierno de fecha 25 de septiembre ha acordado conceder la mencionada subvención, a los beneficiarios y por los importes que se relacionan. (ver PDF), al mismo tiempo ha acordado la ampliación de plazo de justificación recogido en la convocatoria en el apartado primero del punto decimocuarto con el siguiente tenor literal: “1. Las entidades subvencionadas deberán presentar la justificación de la subvención a través de los medios electrónicos utilizando para ello la sede electrónica de la Diputación, en el plazo de 45 días naturales desde que se haya producido la notificación de la concesión de la subvención a través de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia.

 

Plazo de justificación hasta el 15 de noviembre.

 

Si en la citada fecha no se ha finalizado completamente la actividad, se justificará la parte terminada. Para justificar la parte restante, las entidades dispondrán de un plazo de 10 días naturales adicionales a los 45 establecidos en el párrafo anterior, notificándolo previamente a la Diputación. No podrán justificarse en esta segunda fase, pagos anteriores a la primera justificación, que por cualquier motivo no fueron justificados en plazo.

 

Plazo de justificación con 10 dias más hasta el 26 de noviembre.